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Gobierno
Poder Ejecutivo
Direccion Del Registro Inmobiliario

DIRECCION DEL REGISTRO INMOBILIARIO

A cargo de
OJEDA URIBURU DE COLOMBRES, MARIA LAURA
Ubicación
Salta 19
Teléfonos
(0381) – 4216328 – 4302951 – 4302953 – 4300344
E-mail
ND por el momento
Sitio oficial
ND por el momento
Misión

Registrar, proteger y publicitar los actos jurídicos referentes a la constitución, modificación y extinción de los derechos reales sobre los bienes inmuebles.

Funciones
  1. Registrar los instrumentos que constituyan, tramiten, declaren, modifiquen o extingan derechos reales sobre bienes inmuebles.

 

  1. Tomar razón de los instrumentos que dispongan embargos, inhibiciones y demás providencias cautelares.

 

  1. Publicitar la información registrada, referida al tráfico inmobiliario.

 

  1. Resguardar la seguridad jurídica del tráfico inmobiliario.

 

 

  1. Observar la correcta registración de los documentos inscribibles en el marco de las disposiciones de la Ley Nacional Nº 17801 y su reglamentación provincial Nº 3690 consolidada.

 

  1. Producir informes, en base a las constancias registrales, sobre el estado jurídico registral de los inmuebles y las inhibiciones y otras medidas similares sobre las personas, a solicitud de cualquier Organismo Nacional, Provincial o Municipal y de particulares con interés legítimo.

 

  1. Extender, a solicitud de parte interesada, certificaciones relativas a los actos asentados en la matrícula registral.

 

  1. Confeccionar los índices de acceso que permitan establecer las titularidades de dominio, gravámenes, medidas cautelares, interdicciones, restricciones y demás asuntos que por su naturaleza se deben considerar.

 

  1. Suministrar a los Organismos pertinentes, la información correspondiente a toda modificación del estado dominial, a los fines de la actualización constante de sus archivos, manteniendo comunicación permanente y recíproca con dichos Organismos.

 

  1. Disponer los estudios que correspondan a la especialidad y publicar sus conclusiones y cuadros estadísticos del movimiento registral, en coordinación con la Dirección de Estadística de la Provincia.

 

  1. Recopilar la legislación, jurisprudencia y bibliografía especializada y establecer el intercambio de publicaciones con otros organismos oficiales y privados relacionados con el ámbito de su competencia.
ORGANISMOS DEPENDIENTES Y ENTES VINCULADOS
  • No dispone
Fuente
La información que se brinda en esta página es proporcionada por la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Organización y Métodos.