SUBSECRETARIA DE REGULARIZACION DOMINIAL Y HABITAT
A cargo de
ROGEL CHALER, FERNANDO JOSE
Ubicación
Laprida 55 - San Miguel de Tucumán
Teléfonos
ND por el momento
Sitio oficial
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Funciones
Ejercer las facultades de autoridad de aplicación, en el ámbito de la Provincia, de las disposiciones de la Ley Nº 6.753 de adhesión de la Provincia de Tucumán a la Ley Nacional Nº 24.374, que establece un Régimen de Regularización Dominial en relación a asentamientos urbanos irregulares.
Actuar como autoridad de aplicación de la Ley Provincial Nº 5.670, que autoriza al Poder ejecutivo a disponer la afectación de inmuebles de su propiedad para la erradicación y/o consolidación de barrios de emergencia.
Entender en la regularización dominial de los inmuebles adquiridos por el Estado Provincial con dicha finalidad o afectados mediante Ley Provincial a dicho fin, en el marco de la Ley de Emergencia Social y Habitacional Nº 7.347.
Ejercer las facultades de autoridad de aplicación, en coordinación con los Organismos pertinentes, de las leyes de expropiación dictadas con la finalidad de regularizar, consolidar o erradicar asentamientos urbanos, siempre y cuando las mismas no designen otro órgano para cumplir esa tarea.
Suscribir convenios, ad referéndum de la Superioridad, con los Organismos de la Administración Pública Nacional o Provincial –Organismos Descentralizados- como así también con los Entes Autárquicos y/o entidades intermedias, que tiendan a la prosecución de los objetivos de la Subsecretaría de Regularización Dominial y Hábitat.
Confeccionar los planos de mensura y división de los inmuebles a regularizar, tramitar su aprobación por ante las autoridades catastrales, las que deberán ser tratados conforme la Resolución de la Dirección General de Catastro de la Provincia de Tucumán Nº 740/2006.
Realizar los relevamientos sociales que sean pertinentes en los barrios a regularizar, consolidar o erradicar; a fin de establecer e individualizar a las personas ocupantes y/o a las que tengan derecho al inmueble, confeccionando un listado de los beneficiarios que se encuentren en condición de escriturar.
Suscribir las escrituras administrativas o actas de constatación de los requisitos de la Ley Nº 24.374.
Coordinar sus actividades con la Dirección General de Catastro, Dirección del Registro Inmobiliario, Escribanía de Gobierno y otros Organismos pertinentes.
ORGANISMOS DEPENDIENTES Y ENTES VINCULADOS
Fuente
La información que se brinda en esta página es proporcionada por la Dirección General de Recursos Humanos y la Dirección General de Organización y Métodos.